DOCUMENTOS. Entrevista al cardenal José Saraiva Martins
Hay que proceder con mayor cautela y meticulosidad
El prefecto de la Congregación para las Causas de los santos explica los contenidos de la nueva instrucción Sanctorum Mater, relativa al desenvolvimiento de las causas de beatificación en la fase diocesana
Entrevista al cardenal José Saraiva Martins por Gianni Cardinale
El fascículo de los
Acta Apostolicae Sedis difundido el pasado
diciembre con fecha 1 de junio de 2007 publicó una nueva
“Instrucción para el desarrollo de las investigaciones
diocesanas y eparquiales en las causas de los santos”. El documento,
titulado Sanctorum Mater, fue promulgado por la Congregación para las Causas de los
santos. La Instrucción, aprobada por Benedicto XVI el 22 de febrero
de 2007, lleva la fecha del 17 de mayo siguiente y está firmada por
el cardenal prefecto José Saraiva Martins y por monseñor
Michele Di Ruberto, que doce días antes había sido nombrado
arzobispo y secretario del dicasterio.
El documento, que ha sido publicado en italiano (pero ya están en tipografía las versiones oficiales en los otros idiomas), consta de una introducción seguida por 150 parágrafos y un apéndice de 15 artículos dedicados al “Reconocimiento canónico de los restos mortales de un siervo de Dios” donde, entre otras cosas, se describen los procedimientos que se han de seguir para el traslado de las reliquias, un tema de actualidad tras las polémicas que ha generado la decisión de la archidiócesis de Manfredonia-Vieste-San Giovanni Rotondo de llevar a cabo un reconocimiento de los restos mortales de san Pío de Pietrelcina.
Para conocer los contenidos de la nueva Instrucción, 30Días ha entrevistado al cardenal Saraiva Martins, desde hace diez años prefecto del dicasterio que se ocupa de las causas de los santos.

Eminencia, ¿por qué esta nueva
Instrucción?
JOSÉ SARAIVA MARTINS: Desde hace tiempo se sentía la necesidad de un documento así. La sesión plenaria de nuestra Congregación, que se celebró en abril de 2006, tenía como primer tema del orden de día precisamente un documento que salvaguardara la aplicación fiel de las Normae servandae in inquisitionibus ab episcopis faciendis in causis sanctorum, promulgadas en 1983 por este dicasterio «con el fin de salvaguardar la seriedad de las investigaciones que se llevan a cabo en los procesos diocesanos sobre las virtudes de los siervos de Dios o sobre los casos de martirio afirmado o sobre los eventuales milagros». Y sobre este tema se detuvo también Benedicto XVI en el Mensaje que envió a los participantes en aquella plenaria.
¿Qué les dijo el Papa en esa ocasión?
SARAIVA MARTINS: «Las causas» reafirmó Benedicto XVI «se han de incoar y estudiar con sumo cuidado, buscando diligentemente la verdad histórica, a través de pruebas testimoniales y documentales omnino plenae, puesto que su única finalidad es la gloria de Dios y el bien espiritual de la Iglesia y de todos los que buscan la verdad y la perfección evangélica. Los pastores diocesanos, decidiendo coram Deo cuáles son las causas que merecen ser incoadas, han de valorar ante todo si los candidatos al honor de los altares gozan realmente de una sólida y difundida fama de santidad y de milagros o de martirio». «Esta fama», decía el Pontífice, «que el Código de derecho canónico de 1917 quería que fuera “spontanea, non arte aut diligentia procurata, orta ab honestis et gravibus personis, continua, in dies aucta et vigens in praesenti apud maiorem partem populi” (can. 2050, § 2), es un signo de Dios que indica a la Iglesia quiénes merecen ser puestos en el candelero para “iluminar a todos los que están en la casa” (Mt 5, 15)». «Es evidente», concluía el papa Ratzinger, «que no se podrá iniciar una causa de beatificación y canonización si no se ha comprobado la fama de santidad, aunque se trate de personas que se distinguieron por su coherencia evangélica y por particulares méritos eclesiales y sociales». He querido recordar íntegramente las palabras del Papa porque nuestro dicasterio, a la hora de escribir la Instrucción que nos ocupa, se ha atenido escrupulosamente a las indicaciones pontificias. ¿Puedo poner un ejemplo al respecto?
Por supuesto.
SARAIVA MARTINS: El arriba citado canon del Código pío-benedictino se ha convertido casi a la letra en el número 2 del párrafo 7 de la Instrucción: «La fama [de santidad o de martirio, n. d. la r.] ha de ser espontánea y no procurada artificiosamente. Ha de ser estable, continua, difundida entre personas dignas de fe, extendida entre una parte significativa del pueblo de Dios». En este sentido, añadiría, que es importante el papel que se les reserva a los laicos. Son ellos, efectivamente, los testigos principales de la fama de santidad.
¿Cómo se articula la Instrucción?
SARAIVA MARTINS: El documento, dividido en seis partes, describe minuciosamente todos los pasos que las diócesis han de seguir para comenzar y terminar la fase diocesana del proceso de beatificación. En la primera parte se recuerda, como decíamos, la necesidad de la existencia de una auténtica fama de santidad para incoar el proceso y se explican las figuras del actor, del postulador y del obispo competente de la causa. En la segunda parte se describe la fase preeliminar de la causa que llega hasta la concesión del níhil óbstat de la Congregación vaticana. En la tercera se habla de la Instrucción de la causa. En la cuarta de las modalidades que se han de seguir para recoger las pruebas documentales, y en la quinta de las testificales; en esta sección hay un pequeño capítulo dedicado al «uso de la grabadora y del ordenador». En la sexta, por último, se señalan los procedimientos para las actas conclusivas de la investigación diocesana.
En resumen, ¿qué novedades establece esta nueva Instrucción?
SARAIVA MARTINS: Con este documento hemos querido aclarar las disposiciones en vigor, facilitar su aplicación e indicar concretamente los modos para hacerlo, tanto para las causas antiguas, que se basan sólo en documentos, como para las recientes, que se basan en testimonios de visu. En la práctica se ilustran con gran meticulosidad todos los procedimientos que las diócesis deben seguir en las investigaciones relativas a la fama de santidad, el presunto martirio y los presuntos milagros.
rias diócesis. Lo único que deseamos es que se hagan bien las cosas.
¿Piensa que las diócesis pequeñas o las diócesis del Tercer Mundo poseen los instrumentos para cumplir con todas las disposiciones previstas?
SARAIVA MARTINS: No cabe duda de que hay diócesis que pueden encontrarse con alguna dificultad. En estos casos invitamos siempre a que hagan referencia o se asocien con otras diócesis vecinas para buscar ayuda y, si fuera el caso, que creen estructuras interdiocesanas apropiadas para la necesidad.

La Instrucción Sanctorum
Mater tiene también un
apéndice que concierne al “Reconocimiento canónico de
los restos mortales de un siervo de Dios”. En verdad, el texto se
ocupa también del reconocimiento y traslado de las reliquias de los
santos y de los beatos. ¿Qué puede decirnos respecto al
reconocimiento de los restos mortales de san Pío de Pietrelcina?
SARAIVA MARTINS: Esta Congregación ha recibido la solicitud de la diócesis competente, la de Manfredonia-Vieste-San Giovanni Rotondo, para que conceda el níhil óbstat al reconocimiento y la exposición durante un periodo de tiempo conveniente de los restos mortales de san Pío. Nos han comunicado además que, tras este periodo de exposición, los restos mortales serán colocados en el lugar más apropiado, pero no nos han especificado dónde.
Es decir, que a su Congregación no le ha sido comunicado si los restos mortales de san Pío serán conservados en el antiguo santuario o en el nuevo...
SARAIVA MARTINS: No es de competencia de nuestra Congregación decidir en un sentido o en el otro, sino del obispo local que pide al dicasterio el níhil óbstat. Nosotros podríamos intervenir sólo si se planteara la hipótesis que los restos mortales puedan conservarse en un lugar no digno. Pero no me parece este el caso.
Eminencia, el pasado 17 de diciembre Benedicto XVI recibió en audiencia al Colegio de los `postuladores y a los superiores y oficiales de la Congregación para las causas de los santos. ¿Qué le llamó más la atención del discurso del Papa en aquella ocasión?
SARAIVA MARTINS: Me impresionó muy favorablemente el siguiente párrafo: «Todos los que trabajan en las causas de los santos, aunque con diversas funciones, están llamados a ponerse exclusivamente al servicio de la verdad. Por esta razón, durante la “investigación diocesana” las pruebas testimoniales y documentales se deben recoger tanto cuando son favorables como cuando son contrarias a la santidad y a la fama de santidad o de martirio de los siervos de Dios. A la objetividad y a la integridad de las pruebas recogidas en esta primera —y en ciertos aspectos fundamental— fase del proceso canónico, realizado bajo la responsabilidad de los obispos diocesanos, deben seguir obviamente la objetividad y la integridad de las Positiones, que los relatores de la Congregación preparan con la colaboración de las postulaciones». Estas palabras del Papa completan, de alguna manera, el texto de la Instrucción. Y son asimismo una brújula imprescindible para quien trabaja en las causas de los santos.
El documento, que ha sido publicado en italiano (pero ya están en tipografía las versiones oficiales en los otros idiomas), consta de una introducción seguida por 150 parágrafos y un apéndice de 15 artículos dedicados al “Reconocimiento canónico de los restos mortales de un siervo de Dios” donde, entre otras cosas, se describen los procedimientos que se han de seguir para el traslado de las reliquias, un tema de actualidad tras las polémicas que ha generado la decisión de la archidiócesis de Manfredonia-Vieste-San Giovanni Rotondo de llevar a cabo un reconocimiento de los restos mortales de san Pío de Pietrelcina.
Para conocer los contenidos de la nueva Instrucción, 30Días ha entrevistado al cardenal Saraiva Martins, desde hace diez años prefecto del dicasterio que se ocupa de las causas de los santos.

Benedicto XVI con el cardenal José Saraiva Martins durante la audiencia al Colegio de los postuladores y a los superiores y oficiales de la Congregación para las Causas de los santos, el 17 de diciembre de 2007
JOSÉ SARAIVA MARTINS: Desde hace tiempo se sentía la necesidad de un documento así. La sesión plenaria de nuestra Congregación, que se celebró en abril de 2006, tenía como primer tema del orden de día precisamente un documento que salvaguardara la aplicación fiel de las Normae servandae in inquisitionibus ab episcopis faciendis in causis sanctorum, promulgadas en 1983 por este dicasterio «con el fin de salvaguardar la seriedad de las investigaciones que se llevan a cabo en los procesos diocesanos sobre las virtudes de los siervos de Dios o sobre los casos de martirio afirmado o sobre los eventuales milagros». Y sobre este tema se detuvo también Benedicto XVI en el Mensaje que envió a los participantes en aquella plenaria.
¿Qué les dijo el Papa en esa ocasión?
SARAIVA MARTINS: «Las causas» reafirmó Benedicto XVI «se han de incoar y estudiar con sumo cuidado, buscando diligentemente la verdad histórica, a través de pruebas testimoniales y documentales omnino plenae, puesto que su única finalidad es la gloria de Dios y el bien espiritual de la Iglesia y de todos los que buscan la verdad y la perfección evangélica. Los pastores diocesanos, decidiendo coram Deo cuáles son las causas que merecen ser incoadas, han de valorar ante todo si los candidatos al honor de los altares gozan realmente de una sólida y difundida fama de santidad y de milagros o de martirio». «Esta fama», decía el Pontífice, «que el Código de derecho canónico de 1917 quería que fuera “spontanea, non arte aut diligentia procurata, orta ab honestis et gravibus personis, continua, in dies aucta et vigens in praesenti apud maiorem partem populi” (can. 2050, § 2), es un signo de Dios que indica a la Iglesia quiénes merecen ser puestos en el candelero para “iluminar a todos los que están en la casa” (Mt 5, 15)». «Es evidente», concluía el papa Ratzinger, «que no se podrá iniciar una causa de beatificación y canonización si no se ha comprobado la fama de santidad, aunque se trate de personas que se distinguieron por su coherencia evangélica y por particulares méritos eclesiales y sociales». He querido recordar íntegramente las palabras del Papa porque nuestro dicasterio, a la hora de escribir la Instrucción que nos ocupa, se ha atenido escrupulosamente a las indicaciones pontificias. ¿Puedo poner un ejemplo al respecto?
Por supuesto.
SARAIVA MARTINS: El arriba citado canon del Código pío-benedictino se ha convertido casi a la letra en el número 2 del párrafo 7 de la Instrucción: «La fama [de santidad o de martirio, n. d. la r.] ha de ser espontánea y no procurada artificiosamente. Ha de ser estable, continua, difundida entre personas dignas de fe, extendida entre una parte significativa del pueblo de Dios». En este sentido, añadiría, que es importante el papel que se les reserva a los laicos. Son ellos, efectivamente, los testigos principales de la fama de santidad.
¿Cómo se articula la Instrucción?
SARAIVA MARTINS: El documento, dividido en seis partes, describe minuciosamente todos los pasos que las diócesis han de seguir para comenzar y terminar la fase diocesana del proceso de beatificación. En la primera parte se recuerda, como decíamos, la necesidad de la existencia de una auténtica fama de santidad para incoar el proceso y se explican las figuras del actor, del postulador y del obispo competente de la causa. En la segunda parte se describe la fase preeliminar de la causa que llega hasta la concesión del níhil óbstat de la Congregación vaticana. En la tercera se habla de la Instrucción de la causa. En la cuarta de las modalidades que se han de seguir para recoger las pruebas documentales, y en la quinta de las testificales; en esta sección hay un pequeño capítulo dedicado al «uso de la grabadora y del ordenador». En la sexta, por último, se señalan los procedimientos para las actas conclusivas de la investigación diocesana.
En resumen, ¿qué novedades establece esta nueva Instrucción?
SARAIVA MARTINS: Con este documento hemos querido aclarar las disposiciones en vigor, facilitar su aplicación e indicar concretamente los modos para hacerlo, tanto para las causas antiguas, que se basan sólo en documentos, como para las recientes, que se basan en testimonios de visu. En la práctica se ilustran con gran meticulosidad todos los procedimientos que las diócesis deben seguir en las investigaciones relativas a la fama de santidad, el presunto martirio y los presuntos milagros.
rias diócesis. Lo único que deseamos es que se hagan bien las cosas.
¿Piensa que las diócesis pequeñas o las diócesis del Tercer Mundo poseen los instrumentos para cumplir con todas las disposiciones previstas?
SARAIVA MARTINS: No cabe duda de que hay diócesis que pueden encontrarse con alguna dificultad. En estos casos invitamos siempre a que hagan referencia o se asocien con otras diócesis vecinas para buscar ayuda y, si fuera el caso, que creen estructuras interdiocesanas apropiadas para la necesidad.

Saraiva Martins con Pablo VI y el cardenal Agnelo Rossi
SARAIVA MARTINS: Esta Congregación ha recibido la solicitud de la diócesis competente, la de Manfredonia-Vieste-San Giovanni Rotondo, para que conceda el níhil óbstat al reconocimiento y la exposición durante un periodo de tiempo conveniente de los restos mortales de san Pío. Nos han comunicado además que, tras este periodo de exposición, los restos mortales serán colocados en el lugar más apropiado, pero no nos han especificado dónde.
Es decir, que a su Congregación no le ha sido comunicado si los restos mortales de san Pío serán conservados en el antiguo santuario o en el nuevo...
SARAIVA MARTINS: No es de competencia de nuestra Congregación decidir en un sentido o en el otro, sino del obispo local que pide al dicasterio el níhil óbstat. Nosotros podríamos intervenir sólo si se planteara la hipótesis que los restos mortales puedan conservarse en un lugar no digno. Pero no me parece este el caso.
Eminencia, el pasado 17 de diciembre Benedicto XVI recibió en audiencia al Colegio de los `postuladores y a los superiores y oficiales de la Congregación para las causas de los santos. ¿Qué le llamó más la atención del discurso del Papa en aquella ocasión?
SARAIVA MARTINS: Me impresionó muy favorablemente el siguiente párrafo: «Todos los que trabajan en las causas de los santos, aunque con diversas funciones, están llamados a ponerse exclusivamente al servicio de la verdad. Por esta razón, durante la “investigación diocesana” las pruebas testimoniales y documentales se deben recoger tanto cuando son favorables como cuando son contrarias a la santidad y a la fama de santidad o de martirio de los siervos de Dios. A la objetividad y a la integridad de las pruebas recogidas en esta primera —y en ciertos aspectos fundamental— fase del proceso canónico, realizado bajo la responsabilidad de los obispos diocesanos, deben seguir obviamente la objetividad y la integridad de las Positiones, que los relatores de la Congregación preparan con la colaboración de las postulaciones». Estas palabras del Papa completan, de alguna manera, el texto de la Instrucción. Y son asimismo una brújula imprescindible para quien trabaja en las causas de los santos.